Quieren más celeridad procesal para personas mayores en la Justicia rionegrina

Un proyecto de ley plantea reducir plazos procesales a la mitad y priorizar la resolución de sus expedientes.
miércoles 01 de julio de 2026

Una iniciativa legislativa busca resguardar los derechos de los adultos mayores en el ámbito judicial rionegrino. El proyecto de ley plantea reducir plazos procesales a la mitad y priorizar la resolución de sus expedientes. El sistema informático judicial se adaptaría para alertar automáticamente a los magistrados sobre esta condición.

Según los fundamentos del proyecto, el paso del tiempo en los litigios judiciales afecta gravemente a quienes se encuentran en la etapa de la tercera edad. Para evitar que la respuesta del Estado llegue tarde, la propuesta de Luciano Delgado Sempé (Vamos con Todos) estipula un régimen de preferencia para mayores de sesenta años.

El texto legislativo propone modificar los tiempos procesales genéricos y administrativos, reduciéndolos a la mitad para garantizar el acceso a la justicia de este grupo demográfico.

En sus fundamentos, el proyecto señala que la demora en un trámite adquiere “una dimensión cualitativamente distinta” en edades avanzadas. Allí, el tiempo “no representa una mera incomodidad procesal”, sino el riesgo cierto de que la tutela no llegue “en absoluto”.

Para su aplicación práctica, el documento prevé una adecuación del sistema de gestión judicial electrónico provincial, conocido como PUMA. La propuesta incorpora un campo de tildado obligatorio para que los abogados declaren la condición etaria de la parte al iniciar una presentación.

Si el proyecto de ley se aprueba, la identificación automática del expediente generaría su tratamiento preferente de forma inmediata. Esto obligaría a los magistrados a resolver las causas con antelación respecto a otros trámites radicados en el mismo juzgado.

La propuesta también contempla la habilitación de días y horas inhábiles cuando la salud o la subsistencia de la persona mayor se encuentre comprometida. Asimismo, establece sanciones disciplinarias consideradas como falta grave para aquellos profesionales que invoquen esta condición de manera falsa.

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