Accidente Laboral

Trabajador de una metalúrgica deberá ser indemnizado tras sufrir una amputación parcial

En un reciente fallo judicial, la Cámara Primera del Trabajo ordenó a Galeno ART S.A. el pago de una indemnización a un operario de la empresa metalúrgica “Metalúrgica S.A.”, que sufrió un accidente laboral severo.
viernes 30 de agosto de 2024
El accidente, ocurrido mientras el trabajador realizaba tareas de recorte de chapas, resultó en la amputación parcial del dedo mayor de la mano derecha.

La empresa "Metalúrgica S.A.", especializada en la fabricación de estructuras metálicas y otras instalaciones industriales, ha sido el escenario de este desafortunado incidente. Tras realizar todos los trámites para el reconocimiento de la incapacidad laboral sin obtener respuesta positiva, el operario recurrió a la vía judicial para obtener la compensación correspondiente.

La Cámara Primera del Trabajo ha dado lugar a la demanda del trabajador, ordenando a Galeno ART S.A. que abone la suma establecida en la liquidación ajustada. Esta cantidad debe incluir el capital principal ajustado más los intereses acumulados desde la fecha del accidente hasta la fecha de la liquidación, conforme a la ley de riesgos del trabajo y las normativas vigentes. La sentencia también exige que la ART realice el depósito bajo apercibimiento de ejecución, con intereses moratorios calculados al promedio de la tasa activa, nominal, actual y vencida a 30 días que aplica el Banco de la Nación Argentina, con capitalización semestral.

Los informes médicos y radiografías presentados en la causa certificaron la lesión del trabajador, que incluyó una fractura de la falange distal del tercer dedo con pérdida de fragmento óseo, resultando en la amputación parcial. La perita médica designada confirmó que el operario presenta una incapacidad parcial y definitiva del 6,85%, junto con una limitación funcional de la articulación afectada.

El tribunal, tras evaluar las pruebas, concluyó que el accidente ocurrió durante las labores del operario y en el lugar de trabajo, reconociendo así las secuelas como incapacidad parcial y definitiva. Este fallo marca un paso importante en la protección de los derechos laborales y en la compensación adecuada para los trabajadores afectados por accidentes en el desempeño de sus funciones.