Imputaron a un conductor por lesiones graves culposas agravadas por manejar alcoholizado la ingesta de alcohol
El hecho investigado ocurrió el 21 de febrero de 2026, alrededor de las 10:45. De acuerdo con la teoría del caso presentada por la Fiscalía, el imputado circulaba en una camioneta desde Dina Huapi hacia Pilcaniyeu cuando perdió el control del rodado, cruzó de carril y, al intentar retomar la trayectoria, volcó en varias oportunidades hasta quedar detenido sobre la banquina contraria.
La acusación sostuvo que el test de alcoholemia realizado en el lugar arrojó un resultado de 0,83 gramos de alcohol por litro de sangre. Como consecuencia del vuelco, la acompañante sufrió múltiples lesiones de gravedad, entre ellas fracturas costales, lesiones pulmonares, fracturas en ambos húmeros, traumatismos craneales, lesiones hepáticas y vertebrales, con un tiempo de curación superior a un mes.
Para sustentar la imputación se mencionaron, entre otros elementos, las actuaciones policiales realizadas en el lugar del hecho, el acta de infracción de tránsito, informes médicos, estudios del Cuerpo de Investigación Forense y pericias preliminares del Gabinete de Criminalística.
La querella adhirió a la formulación de cargos y a las medidas solicitadas por la Fiscalía.
Por su parte, la defensa no formuló objeciones a esta etapa del proceso al considerar que la acusación reúne los requisitos legales. Señaló además que trabaja en una teoría del caso propia y destacó que el imputado y su familia se habrían interesado por la evolución del estado de salud de la víctima. También indicó que existen conversaciones con la Fiscalía para explorar eventuales vías de resolución alternativa del conflicto.
El Juez de Garantías tuvo por formulados los cargos por el delito de lesiones graves culposas ocasionadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravadas por la ingesta de alcohol, en calidad de autor. Asimismo, fijó un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria, que vencerá el 10 de octubre de 2026.
Como medida cautelar, dispuso la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros y de todo tipo de contacto con la víctima, ya sea de manera personal, telefónica, por redes sociales o por intermedio de terceros. La restricción se mantendrá vigente mientras dure la investigación.