Competencia
Referendum: procurador Crespo dijo que no tiene sustento legal y su convocatoria le compete al Concejo
El procurador general de Río Negro, Jorge Crespo, emitió el dictamen 161 este lunes, publicado por el Ministerio Público. En el documento, de 17 páginas, el funcionario analizó el conflicto de poderes entre el Ejecutivo de Bariloche que convocó a referéndum y el Deliberante, y dictaminó contra el intendente Walter Cortés y a favor de los concejales demandantes, según informó el diario RíoNegro este lunes.
El conflicto surgió después de que el Intendente convocara un referéndum popular con diez preguntas sobre proyectos que estaban en tratamiento en el Concejo Deliberante, sin consultarlo previamente.
Los concejales Julieta Wallace, Leandro Costa Brutten, Facundo Blanco Villalba, Roxana Ferreyra y Samantha Echenique (de distintos bloques de la oposición) presentaron el reclamo ante el STJ. Ellos argumentaron que el intendente invadió las funciones y atribuciones propias del Concejo Deliberante con su decisión. Por su parte, los abogados del Ejecutivo defendieron las resoluciones, alegando que el intendente poseía la facultad para realizar la convocatoria.
En su dictamen, Crespo consideró que la Carta Orgánica Municipal estableció que solo el Concejo Deliberante tuvo la facultad de determinar los asuntos que ameritaron un Referéndum Popular. El procurador indicó que las resoluciones del intendente carecieron de sustento legal, lo que determinó su invalidez por falta de competencia del órgano Ejecutivo.
Por esta razón, el funcionario solicitó al STJ que declarara la nulidad de las tres resoluciones municipales. Crespo sostuvo que el conflicto debía resolverse a favor del Concejo Deliberante, el único órgano con poder para identificar y decidir sobre un Referéndum Popular. La anulación del STJ significaría la caída definitiva del referéndum.
A pesar de que el gobernador Alberto Weretilneck respaldó públicamente la convocatoria a la consulta popular, la justicia deberá definir el futuro de la iniciativa. Tras el dictamen, el Superior Tribunal de Justicia analizó el caso y debió resolver la cuestión antes de la fecha prevista para el referéndum, el 9 de noviembre.