2025-09-25

Judiciales

El STJ de Río Negro confirmó el despido de un trabajador acusado de acoso laboral

El máximo tribunal rechazó un recurso extraordinario y avaló la decisión de la Cámara Laboral de Bariloche, que había considerado justificado el despido directo sin indemnización.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó el recurso extraordinario federal presentado por un trabajador despedido tras ser denunciado por acoso en su lugar de trabajo. La resolución confirmó un fallo previo de la Cámara Laboral de Bariloche, que había rechazado la demanda por despido injustificado y validado el accionar de la empresa.

El caso se originó a raíz de la denuncia de una empleada, quien aseguró haber sido víctima de acoso físico y verbal con connotaciones sexuales por parte de un compañero. Aunque la causa penal fue archivada, la empresa resolvió el despido directo y sin indemnización del acusado, argumentando la gravedad del hecho y antecedentes disciplinarios previos en su legajo.

El trabajador negó los cargos y demandó a la firma, reclamando una millonaria suma por despido sin causa. Sin embargo, la Justicia laboral evaluó los testimonios, los documentos internos de la compañía, un informe psicológico de la denunciante y los antecedentes del empleado. Concluyó que el relato de la mujer resultaba verosímil, coherente y respaldado por evidencia, y remarcó que el empleador tenía no solo el derecho, sino también el deber de garantizar un entorno libre de violencia y acoso, de acuerdo con normativas nacionales e internacionales vigentes.

En primera instancia, la Cámara de Bariloche resolvió que la conducta atribuida era incompatible con la continuidad laboral y que el despido estaba justificado. Además, descartó que se tratara de una persecución empresarial y aplicó perspectiva de género en el análisis.

Disconforme, el trabajador recurrió al STJ alegando violación del derecho de defensa, arbitrariedad en la valoración de pruebas, uso indebido de un expediente externo y aplicación errónea de normas sobre violencia de género.

El STJ rechazó el planteo al considerar que el recurso no cumplía con los requisitos formales ni sustanciales para habilitar la vía extraordinaria. Sostuvo que la mera disconformidad con la valoración de la prueba no constituye fundamento suficiente para reabrir la discusión y que el escrito presentado carecía de la fundamentación normativa clara y específica exigida. También observó que el demandante no acreditó un daño directo derivado de la sentencia, limitándose a expresar desacuerdos con la decisión de la Cámara.

Con esta resolución, el máximo tribunal de la provincia ratificó la validez del despido y dejó firme la sentencia del fuero Laboral, que había considerado probado el acoso y avalado la actuación de la empresa en resguardo de la integridad de sus empleados.

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