2025-08-25

Judiciales

Trabajaba limpiando cabañas sin estar registrada y fue despedida embarazada: ordenan indemnizarla

Una empleada de maestranza de un complejo turístico fue despedida cuando cursaba el séptimo mes de embarazo, luego de exigir que se registrara su relación laboral. La Cámara del Trabajo acreditó que las tareas se realizaban de manera efectiva, que el despido fue injustificado y que el empleador conocía su estado de gestación.

La mujer relató que limpiaba las cabañas del establecimiento “Clarita” todas las mañanas, salvo cuando no había huéspedes. Aseguró que cobraba un pago mensual en efectivo, respaldado en recibos con el membrete del complejo, y que ese ingreso era su único sustento económico. Tras intimar al empleador mediante carta documento para que registrara la relación y notificar su embarazo de siete meses, fue despedida.

El dueño del lugar negó el vínculo laboral. Alegó que la trabajadora se alojaba allí porque era pareja de su hijo y que nunca había cumplido tareas en las cabañas. Sostuvo que la demanda respondía a un conflicto familiar y no a una relación de trabajo.

Durante el juicio, varios testigos confirmaron haberla visto limpiar en los horarios señalados, mientras que un vecino declaró que en más de una ocasión la había buscado en el complejo mientras trabajaba. Una prueba clave fue un recibo de pago: aunque el empleador negó haberlo confeccionado, una pericia caligráfica determinó que la letra y la firma eran suyas.

La Cámara destacó que el trabajo había comenzado antes de la convivencia con su pareja y que la negativa a registrar el empleo, sumada al despido en pleno embarazo, constituían una “injuria grave” que justificaba la ruptura del vínculo laboral por parte de la trabajadora.

El fallo ordenó el pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso y salarios adeudados, además de multas por la falta de registración y una compensación especial por embarazo prevista en la Ley de Contrato de Trabajo. También dispuso la entrega de certificados laborales y el pago de intereses hasta la cancelación total de la condena.

La sentencia de primera instancia aún no está firme y puede ser apelada por el empleador.

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