Lo atropelló, pasó sobre su cuerpo, retrocedió y lo volvió a embestir: la Fiscalía reformuló los cargos por homicidio

El hecho ocurrió en enero pasado en Villa Llanquín. El fiscal anticipó que uno de los ejes del juicio será determinar si la conducta fue intencional. La querella acompañó la acusación y la defensa adelantó que sostiene otra teoría del caso.
lunes 07 de septiembre de 2026

El 6 de enero de 2026, alrededor de las 18:20, en un predio rural de Villa Llanquín, Eduardo Ismael Cariman mantuvo un altercado con Horacio Chávez. Después subió a su vehículo, retrocedió golpeando la tranquera de ingreso y avanzó de forma súbita, embistiendo a Chávez, que estaba parado frente al auto. El hombre quedó aplastado por la rueda delantera izquierda. Cariman volvió a retroceder y avanzó de nuevo, pasando por segunda vez sobre el cuerpo. Luego bajó, miró a la víctima tendida en el suelo y se fue del lugar a alta velocidad. Chávez sufrió un aplastamiento torácico con compromiso de órganos internos, que le provocó un paro cardiorrespiratorio y la muerte en el lugar.

Cariman fue imputado días después del hecho, pero este lunes 7 se realizó una reformulación de los cargos en su contra. 

Se admitió la nueva descripción del hecho, se dispuso el sobreseimiento parcial por un segundo episodio de resistencia a la autoridad y se prorrogó la prisión preventiva hasta la audiencia de control de acusación.

La acusación sostiene que, tras el impacto, la víctima cayó debajo del rodado y fue arrastrada durante un corto tramo. El conductor habría pasado sobre su cuerpo, realizado nuevamente una maniobra marcha atrás y vuelto a atropellarlo antes de retirarse del lugar.

Como consecuencia, Chávez sufrió un aplastamiento torácico con compromiso de órganos internos que provocó su fallecimiento. La Fiscalía encuadró provisoriamente el hecho como homicidio simple y atribuyó al acusado responsabilidad a título de autor. Miranda anticipó que uno de los aspectos centrales del juicio será determinar si la conducta fue intencional.

Para sustentar la reformulación, el fiscal mencionó las actas de procedimiento, las declaraciones testimoniales, los registros policiales, la autopsia, la inspección del vehículo y las pericias accidentológica, psiquiátrica y de reconstrucción de la secuencia. También señaló que el acusado fue detenido varias horas después y que el examen de alcoholemia arrojó resultado positivo.

Respecto del segundo hecho, inicialmente calificado como resistencia a la autoridad, la Fiscalía explicó que las declaraciones de los agentes que participaron del procedimiento indicaron que el hombre se entregó de manera pacífica. Por ese motivo, retiró la acusación y solicitó su sobreseimiento parcial.

La querella, que representa a los hijos menores de edad de Chávez, acompañó la reformulación por el homicidio simple y adhirió al pedido de mantener la prisión preventiva. Entre otros aspectos, sostuvo que la conducta posterior atribuida al imputado deberá ser valorada durante el juicio. En cuanto al segundo episodio, aclaró que no emitiría opinión por no encontrarse legitimada para intervenir.

La defensa manifestó que sostiene una teoría diferente de la presentada por la Fiscalía, basada principalmente en el relato de quien identificó como la única testigo presencial. Indicó que habría existido un conflicto previo entre las personas involucradas y negó que el imputado hubiera desarrollado un plan para ocultar pruebas. No se opuso al sobreseimiento parcial y planteó que la necesidad de mantener la medida cautelar deberá evaluarse nuevamente en la próxima instancia.

Finalmente, el juez de Garantías Víctor Gangarrossa consideró que la Fiscalía precisó adecuadamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar y admitió la nueva descripción del hecho. También entendió fundado el retiro de la acusación por resistencia a la autoridad y dictó el sobreseimiento parcial por ese episodio. La prisión preventiva continuará vigente hasta la audiencia de control de acusación, instancia en la que volverá a analizarse la medida.