Familia

Proceso monitorio: investigación rápida de bienes y cuentas bancarias en una ejecución por alimentos

Un caso en Bariloche, por una deuda por alimentos de $1,5 millón, puso en marcha un mecanismo sumario de averiguación de recursos de una persona para obligarla a cumplir con su responsabilidad.
miércoles 25 de marzo de 2026

Un juzgado de Familia de Bariloche ordenó avanzar con la ejecución de un convenio por deuda alimentaria y dispuso una serie de medidas para identificar bienes, cuentas bancarias e ingresos del deudo. El monto reclamado asciende a 1,5 millones de pesos al que se sumarán intereses.

La decisión se dictó mediante un proceso monitorio, un mecanismo que permite dar curso rápido a este tipo de reclamos cuando existe una obligación previamente establecida. La jueza interviniente tuvo por cumplidos los requisitos formales y habilitó la ejecución hasta cubrir el capital, con intereses que se calcularán conforme a las tasas fijadas por el Superior Tribunal de Justicia.

La sentencia también ordenó la apertura de una cuenta judicial en el Banco Patagonia, en la que deberán depositarse las sumas que se obtengan durante la ejecución.

Para avanzar en el cobro, la Unidad Procesal de Familia dispuso el envío de oficios a distintos organismos con el objetivo de reconstruir la situación patrimonial del progenitor. Solicitó informes al Registro de la Propiedad Automotor y al Registro de la Propiedad Inmueble para determinar si posee bienes registrables a su nombre.

También requirió datos a la Agencia de Recaudación para conocer su situación laboral o tributaria, incluyendo si se encuentra registrado como trabajador en relación de dependencia o bajo el régimen simplificado. En caso de tener empleo, se deberán informar los datos del empleador; si se encuentra inscripto como monotributista, su categoría e ingresos.

En paralelo, se pidió información al Banco Central para identificar cuentas bancarias de las que sea titular y a una plataforma de comercio electrónico para verificar si registra actividad económica a través de ese medio. Todas estas medidas apuntan a detectar posibles fuentes de ingresos o activos sobre los cuales se pueda avanzar para cumplir con los compromisos asumidos.

El hombre cuenta con un plazo de cinco días para pagar voluntariamente la deuda o presentar las excepciones previstas por la ley. Si no lo hace, el proceso continuará con las herramientas propias de la ejecución, que permiten avanzar sobre bienes o ingresos para hacer efectivo el cobro.

Este tipo de procesos se activa cuando existe un acuerdo alimentario incumplido. En ese marco, las unidades procesales de Familia no solo homologan convenios o fijan cuotas, sino que también pueden ejecutar sus propias decisiones y desplegar medidas concretas para garantizar su cumplimiento.

La investigación patrimonial, el requerimiento de información a organismos públicos y privados y la posibilidad de avanzar sobre cuentas, bienes o ingresos forman parte de los instrumentos con los que cuentan las juezas y jueces de Familia para intervenir en estos casos. Estas herramientas buscan incidir sobre la conducta del deudor y generar condiciones que lo lleven a cumplir con sus obligaciones alimentarias.