Boletín Oficial

Es oficial: los feriados trasladables podrán correrse a viernes o lunes

El Gobierno nacional reglamentó a través de un decreto que los feriados trasladables que coincidan con sábados o domingos podrán moverse al viernes inmediato anterior o al lunes posterior. La medida quedó establecida en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete, Guillermo Francos.
jueves 28 de agosto de 2025

Hasta ahora, la Ley 27.399 de feriados nacionales y fines de semana largos contemplaba traslados para los días que caían martes, miércoles, jueves o viernes, pero no fijaba reglas para aquellos que coincidieran con sábados o domingos.

El Ejecutivo explicó que la decisión busca “honrar la condición de feriados trasladables” prevista en la norma original y evitar interpretaciones que desvirtúen su espíritu. La disposición ya entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.

Cuántos feriados quedan en 2025

La novedad llega justo en la previa de septiembre, el único mes del calendario oficial sin feriados. En lo que resta del año, los días no laborables previstos son:

Octubre: domingo 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).

Noviembre: viernes 21, día no laborable puente, y lunes 24, Día de la Soberanía Nacional (trasladado desde el jueves 20).

Diciembre: lunes 8, Inmaculada Concepción de María, y jueves 25, Navidad, ambos inamovibles.

Además de los feriados nacionales, cada localidad puede contar con conmemoraciones propias, ya sea patronales o históricas, que deben consultarse en los calendarios municipales.