2026-08-06

Ley de Propiedad Privada: luz verde a desalojos exprés y cambios en tierras incendiadas

Sin el apartado de Tierras, descartada ayer, en Senado votará este jueves la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada promovida por el gobierno nacional.

Esto implicará reformas de alto impacto que transformarán normativas clave sobre expropiaciones, alquileres e incendios forestales.

Desalojos exprés en cinco días

Uno de los capítulos más sensibles modifica el Código Procesal Civil y Comercial para acelerar drásticamente los juicios de desalojo. En los casos donde la demanda sea contra intrusos, usurpadores o inquilinos con contratos vencidos o falta de pago, el juez deberá ordenar la inmediata entrega del inmueble en un plazo máximo de cinco días. Para lograr esta restitución veloz, al propietario le bastará con presentar el título de propiedad y una «caución juratoria» (una declaración jurada, sin necesidad de inmovilizar dinero u otros bienes). Además, en el caso de alquileres con fines habitacionales, el locador deberá intimar al inquilino moroso otorgándole un plazo mínimo de apenas 3 días para pagar antes de iniciar la demanda.

Expropiaciones: límites al Estado y pago en efectivo

El proyecto endurece los requisitos para que el Estado pueda expropiar bienes o empresas, modificando la Ley 21.499. Se establece que la indemnización deberá pagarse obligatoriamente en efectivo y se calculará según el valor de mercado que tenía el bien antes de que se conociera cualquier noticia pública o privada sobre la expropiación. Para evitar que la inflación licúe el monto, ese valor se actualizará mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC hasta el momento del pago efectivo. La norma prohíbe taxativamente pagar por «lucro cesante» (ganancias hipotéticas perdidas) o valores afectivos. Además, se bloquea la posibilidad de que el Estado disponga la «ocupación temporánea anormal» de empresas, sociedades o acciones, limitando esa herramienta gubernamental a un máximo de 60 días para otros bienes y prohibiendo su prórroga.

Fin a las restricciones en tierras incendiadas

En un guiño al sector agropecuario y desarrollador, el oficialismo avanza con la derogación de los artículos clave de la Ley de Sistema Federal de Manejo del Fuego (modificada años atrás por impulso del diputado Máximo Kirchner). El proyecto elimina las prohibiciones que bloqueaban por plazos de entre 30 y 60 años la posibilidad de cambiar el uso de las tierras (para emprendimientos inmobiliarios o agrícolas) que hubieran sido afectadas por incendios forestales, accidentales o intencionales.

Cambios en la regularización de Barrios Populares (RENABAP).

El texto también modifica el Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana.

Por un lado, establece un tope protector: las cuotas que paguen los ocupantes de los inmuebles expropiados en barrios populares no podrán superar el 20% del ingreso familiar (contemplando en ese porcentaje el costo de los servicios públicos). Sin embargo, se introduce un fuerte cambio para el mercado inmobiliario de estas zonas: si bien la primera adjudicación de la vivienda debe ser obligatoriamente para uso familiar y único, el proyecto habilita que las ventas o transferencias posteriores puedan realizarse a cualquier persona (humana o jurídica) y «sin limitación alguna en relación al fin o destino» que el nuevo dueño decida darle, aunque el Estado conservará un derecho de preferencia.

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