2026-05-27

Resolución 28/126

El Gobierno aclaró que siguen vigente los viajes gratuitos para personas con discapacidad y problemas de salud

Frente a las críticas de la oposición, el Ejecutivo explicó por qué la resolución 28/2026 quita el fondo de compensación para las empresas pero mantiene la obligación de brindar este servicio solidario con discapacitados y niños con enfermedades complejas. La Resolución 28/2026 completa,

El gobierno nacional confirmó que las personas con discapacidad seguirán viajando gratis en transporte interjurisdiccional

El Gobierno nacional confirmó que las personas con discapacidad seguirán viajando gratis en transporte interjurisdiccional

El Gobierno nacional aclaró que las personas con discapacidad, trasplantadas y los niños y adolescentes con cáncer seguirán viajando gratis en el transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional, pese a la polémica desatada por la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

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La medida, firmada el 22 de mayo por el secretario Mariano Ignacio Plencovich, eliminó el régimen de compensaciones económicas que el Estado abonaba a las empresas del sector por los pasajes gratuitos otorgados en virtud de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674, pero no tocó el derecho a la gratuidad en sí mismo.

En el gobierno hicieron notar que la distinción es central: lo que se suprimió no es el beneficio que reciben los usuarios, sino el mecanismo financiero mediante el cual el Estado reembolsaba a los operadores privados el costo de esos pasajes. La resolución es explícita en su artículo 2°, que establece que la medida “no afecta el derecho a la gratuidad previsto en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 y sus respectivas reglamentaciones ni la obligación de los transportistas de dar cumplimiento a lo dispuesto en dichas normas”. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) quedó expresamente encargada de fiscalizar ese cumplimiento.

La respuesta llegó a partir de las críticas de la oposición, que luego de la novedad salió a cuestionar la medida con dureza. .

Qué dice la resolución

El texto de la Resolución 28/2026 fundamenta la supresión del régimen compensatorio tiene como base el cambio regulatorio introducido por el decreto 883 del 4 de octubre de 2024, que habilitó la libertad tarifaria en el transporte automotor interjurisdiccional. Hasta ese momento, las empresas operaban bajo un esquema de tarifas reguladas con bandas de precios fijadas por el Estado, lo que les impedía trasladar libremente a sus precios el costo de los pasajes gratuitos. Las compensaciones nacieron, precisamente, para cubrir ese desfasaje.

Con la liberalización del mercado, el argumento oficial es que los operadores ahora pueden incorporar ese costo en su estructura de precios. El documento señala que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”. En esa lógica, el subsidio habría perdido su razón de ser.

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