2025-08-21

Sociedad

Día del Empleado de Comercio: qué pasará con los sueldos, el bono y los aumentos

El 26 de septiembre los trabajadores mercantiles tendrán su jornada de descanso pago. No habrá un bono extraordinario, aunque sí se aplicará la suma fija de $40.000 y los incrementos paritarios vigentes.

El próximo 26 de septiembre se conmemora el Día del Empleado de Comercio, una fecha que por ley (26.541) otorga a los trabajadores mercantiles un feriado nacional sectorial, con descanso pago y las mismas condiciones que un feriado oficial. En muchos casos, la jornada se traslada al lunes más cercano para conformar un fin de semana largo.

Este 2025, además de la jornada no laborable, se mantiene la expectativa en torno a posibles beneficios adicionales. Sin embargo, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) no confirmó el pago de un bono extraordinario específico. Lo que sí está vigente es la suma fija de $40.000 no remunerativos que rige desde julio hasta diciembre de este año, pactada en la última paritaria y que impacta directamente en los sueldos de septiembre.

Cómo se abona el Día del Empleado de Comercio

La jornada debe liquidarse como un feriado nacional. Si el trabajador descansa, no se altera su sueldo; en cambio, si presta servicios, corresponde abonar el pago doble por la jornada trabajada.

Cuánto cobrarán los empleados de comercio en septiembre

Con el último aumento salarial, los básicos para el sector mercantil quedaron fijados de la siguiente manera:

Administrativos: entre $1.066.994 y $1.116.311 según categoría.

Maestranza: entre $1.055.954 y $1.069.199.

Cajeros: de $1.070.672 a $1.082.452.

Vendedores: entre $1.070.672 y $1.116.311.

Auxiliares generales: de $1.070.672 a $1.102.325.

Auxiliares especiales: entre $1.079.509 y $1.092.756.

Bono y suma fija hasta diciembre

El acuerdo paritario incluyó una suma fija no remunerativa de $40.000 mensuales, a abonarse en julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025. En enero de 2026, el último pago se incorporará al salario básico en su valor nominal.

Estas sumas se aplican también para calcular conceptos como presentismo, antigüedad, vacaciones, aguinaldo y liquidaciones finales, además de regir proporcionalmente para jornadas reducidas.

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